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Sin Vigencia
DECRETO QUE FACULTA AL GOBIERNO PARA LA EMISIÓN DE UN REGLAMENTO DE MINERÍA
DECRETO LEGISLATIVO S/N, aprobado el 22 de marzo de 1865
Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 16 del 01 de abril de 1865
Decreto que faculta al Gobierno para la emisión de un Reglamento de minería.
El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua.
Decretan:
Art. único. Se autoriza al Gobierno para que a la posible brevedad emita un Reglamento de minería.
Salon de sesiones de la Cámara del Senado. - Managua, marzo 21 de 1865.- Mariano Montealegre S.P.- A. Murillo, S.S.- Federico Solórzano. S.S.
Al Poder Ejecutivo. Salon de sesiones de la Cámara de Diputados- Managua, marzo 22 de 1865.- Juan B. Sacasa, D. P.- Manuel Urbina, D.S - Florencio Miranda, D.S.
Por tanto. Ejecútese.- Palacio Nacional- Managua, marzo 27 de 1865- Tomas Martínez. El Ministro de Fomento.- Antonio Silva.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.