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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera
AUTORIZACIÓN AL PODER EJECUTIVO PARA SUSCRIBIR CONTRATO CON AGENCIA PARA EL DESARROLLO INTERNACIONAL

DECRETO LEGISLATIVO N°. 918, aprobado el 11 de marzo de 1964

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 75 del 07 de abril de 1964

Autorización al Poder Ejecutivo para suscribir Contrato con Agencia para el Desarrollo Internacional

El Presidente de la República,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 918

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

«Arto. 1. — Autorízase al Poder Ejecutivo para que, por medio del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y el funcionario en quien éste delegare, suscriba en nombre del Gobierno de Nicaragua, como deudor principal, el contrato por el cual la Agencia para el Desarrollo Internacional, dependencia del Gobierno de los Estados Unidos de América, concederá a la Cooperativa de Abastecimiento de Energía Rural No. 1 (Tisma), un Préstamo con el objeto de construir las oficinas centrales y obras necesarias para la distribución de la electricidad a los consumidores rurales y de ayudar a financiar el crédito de consumo para las instalaciones eléctricas y obras similares de los miembros. El préstamo será hasta por la cantidad de Cuatrocientos Cincuenta Mil Dólares (US$ 450,000.00), a treinta años de plazo, pagadero semestralmente, con el interés anual del dos por ciento (2%) y en las demás condiciones usuales en esa clase de Contratos.

Arto. 2. Esta Ley empezará a regir desde su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D. N., 5 de Marzo de 1964. — (f) J. J. Morales Marenco, D. P. — (f) Olga N. de Saballos, D S. — (f) Ramiro Granera Padilla, D. S.

Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado. — Managua, D. N., 11 de Marzo de 1964. — (f) Víctor Manuel Talavera T., S. P. — (f) Pablo Rener S. S. — (f) Enrique Belli, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. — Casa Presidencial. Managua, D. N., 12 de Marzo de 1964. — (f) RENE SCHICK, Presidente de la República. — (f) Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Hacienda y Crédito Público.».

Observación: El Decreto Legislativo Nº. 918, Autorización al Poder Ejecutivo para Suscribir Contrato con Agencia para el Desarrollo Internacional, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
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