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DECLARACIÓN DE ÁREA DE RESERVA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 002-EMC-RA-001-2023, aprobado el 13 de marzo de 2023
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 185 del 12 de octubre de 2023
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
DECLARACIÓN DE ÁREA DE RESERVA.
N° .002-EMC-RA-001-2023
MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINAS,
CONSIDERANDO
I -
Que la Constitución Política en su arto. 102 dispone que: "Los recursos naturales son patrimonio nacional. La preservación del ambiente y la conservación, desarrollo y explotación racional de los recursos naturales corresponden al Estado; éste podrá celebrar contratos de explotación racional de estos recursos, cuando el interés nacional lo requiera".
II.-
Que de conformidad con el Artículo tercero: Transitorio de la Ley No. 1128, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 387, Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas: "Por ministerio de la presente Ley se cancelan las concesiones mineras otorgadas bajo los Acuerdos Ministeriales No. 009-DM-004-2018 del 18 de mayo de 2018, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 144 del 30 de julio de 2018, y No. 004-DM-001-2020 del 25 de febrero de 2020, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 54 del 19 de marzo de 2020. Los bienes muebles e inmuebles, estudios y derechos sobre esas concesiones mineras pasarán a administración del Ministerio de Energía y Minas quien establecerá las condiciones de su otorgamiento en concesión, así como los tipos de alianzas, asociaciones, sociedades o cualquier forma de participación que pudieran surgir de las mismas".
III.-
Que este Ministerio considera necesario reservar a favor del Estado, el polígono denominado VILLANUEVA, con el objetivo de desarrollar proyectos mineros que beneficien la economía de la zona.
POR TANTO
La suscrita Vice Ministra de Energía y Minas, en uso de sus facultades, mismas que le confieren la Ley 387 "Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas" y el Decreto 119-2001, Reglamento a la Ley 387 "Ley Especial sobre Exploración y Explotación de Minas", cuyo texto con todas sus modificaciones consolidadas en la Ley 1045, "Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia del Sector Energético y Minero", contenidas al 11 de noviembre del 2020 y publicada en la Gaceta Diario Oficial No. 130 del 14 de julio del 2021; todo conforme a la Ley 963 "Ley de Digesto Jurídico nicaragüense", publicado en la Gaceta Diario Oficial No. 203 del 25 de octubre del 2017, acreditando su representación mediante Acuerdo Presidencial No. 192-2021 emitido por el Presidente de la República con fecha 17 de Noviembre del 2021 y publicado en La Gaceta Diario Oficial No. 214 de fecha 19 de Noviembre del 2021.-
RESUELVE
PRIMERO: Con fundamento en las disposiciones legales precitadas, DECLARES E COMO ÁREA DE RESERVA a favor del Estado, el polígono denominado VILLANUEVA, el cual tiene una superficie de UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y UNO PUNTO VEINTIDÓS HECTÁREAS (1,641.22 has) ubicado en el municipio de Villanueva del departamento de Chinandega., delimitado por las siguientes coordenadas expresadas en metros en el sistema UTM, NAD 27 y Zona 16:
SEGUNDO: El área reservada deberá retenerse por tiempo indefinido, pudiendo ser liberada en cualquier momento para los fines legales establecidos por medio de un Acuerdo o Resolución Ministerial.
TERCERO: Para todos los efectos notifíquese a las Autoridades Municipales correspondientes.
CUARTO: Para los fines legales correspondientes, publíquese en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los trece días del mes de marzo del año dos mil veintitrés. - (F) Estela María Martínez Cerrato, Viceministra Ministerio De Energía Y Minas.