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Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Educación
SUPRÍMASE LOS EXÁMENES DE TANTEO EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE ENSEÑANZAS OFICIALES Y PARTICULARES DE LA REPÚBLICA

DECRETO EJECUTIVO S/N, aprobado el 06 de octubre de 1917

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 228 del 10 de octubre de 1917

Suprimase los exámenes de tanteo en los establecimientos de enseñanzas oficiales y particulares de la República

El Presidente de la República,

Considerando: Que los exámenes de tanteo, además de ser ya anacrónicos en el momento actual del progreso docente, no han producido nunca el fin que se propuso el legislador, pues en ninguna época han constituido prueba que pudiera servir de base para juzgar del trabajo de profesores y alumnos, y sí envuelven pérdida de tiempo, tanto por los repasos, extraordinarios que exigen, cuanto por los días que la práctica de tales ejercicios requiere;

Considerando: que mejor y más eficaz resultado producen los ejercicios privados hechos a los alumnos por los distintos profesores de cada establecimiento, con las formalidades que el respectivo director disponga; y que tanto a estas pruebas como a las clases diarias tienen derecho a acudir, así el Ministerio, por medio de delegados, como los padres de familia, pues las puertas de los planteles oficiales y particulares, autorizados, de enseñanza, han de estar siempre abiertos para todos aquellos a quienes guía un sano interés por la educación.

Decreta:

Art. 1° — Suprímense los exámenes de tanteo en los establecimientos de enseñanza oficiales y particulares, autorizados, de la República, debiendo substituirse tales pruebas por ejercicios privados, que harán los profesores a los Alumnos, sobre las diversas asignaturas, con las formalidades que fije de antemano el director del respectivo plantel.

Art. 2° — Queda derogado el artículo 13 de la ley reglamentaria de 4 de abril de 1900, y todas las disposiciones escolares que se opongan a este decreto, el cual tendrá fuerza de ley, desde su publicación en el periódico oficial.

Dado, en Managua, en el Palacio del Ejecutivo, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos diez y siete. — Emiliano Chamorro. — El Ministro de Instrucción Pública, por la ley, Emilio Álvarez.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.

El Decreto Ejecutivo S/N, Suprímase los Exámenes de Tanteo en los Establecimientos de Enseñanzas Oficiales y Particulares de la República, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Educación.
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