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Sin Vigencia
OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL COMUNITARIO” (ADIC)
DECRETO A.N. N°. 465, aprobado el 26 de noviembre de 1991
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 01 del 06 de enero de 1992
DECRETO A.N. No. 465
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades,
HA DICTADO
El siguiente;
DECRETO
Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la '"Asociación Para el Desarrollo Integral Comunitario (ADIC), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del Domicilio de Matagalpa.
Arto. 2.- La representación legal de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos, que deberán ser aprobados por el Ministerio de Gobernación.
Arto 3.- La "Asociación para el Desarrollo Integral Comunitario” (ADIC) estará obligada al cumplimiento de la Ley para la concesión de la Personalidad Jurídica y demás leyes de la República.
Arto, 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y uno.
Alfredo César Aguirre. Presidente de la Asamblea Nacional. - Fernando Zelaya Rojas. Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, trece de Diciembre de mil novecientos noventa y uno.- Violeta Barrios de Chamorro. Presidente de la República de Nicaragua.