Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Cultura
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO POR EL CUAL SE PERMITE QUE EL OBISPO DE LEÓN SEA ENTERRADO EN CATEDRAL


DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 28 de enero de 1921

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 24 del 31 de enero de 1921

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua

Decretan:

Artículo 1º- Si desgraciadamente llagase a fallecer el Exmo. Señor Arzobispo de Sícico y Obispo de León, Doctor don Simeón Pereira y Castellón, se permite que su cadáver sea enterrado en la Iglesia Catedral de León, Sede de su Episcopado.

Artículo 2º- Se le harán al cadáver del Exmo. Señor Pereira y Castellón honores de Presidente de la República, y sus funerales serán costeados por la Nación.

Artículo 3º- Queda encargado el Poder Ejecutivo de dar cumplimiento a la presente ley.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado, Managua, 28 de enero de 1921. - Sebastián Uriza, S. P. - M. J. Morales, S. S. - Juan J. Ruiz, S. S.

Al Poder Ejecutivo, Cámara de Diputados - Managua, 28 de enero de 1921 -
G. Cuadra h., D. P. - Pedro P. Pérez Gallo, D. S. - Fernando Ig. Martínez, D. S.-

Por tanto, ejecútese y publíquese, Casa Presidencial - Managua, 28 de enero de 1921 -
Diego Manuel Chamorro - El Ministro de la Gobernación y Anexos - Humberto Pasos Díaz.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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