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Categoría normativa: Acuerdos Ministeriales
Materia: S/Definir


CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y FINANZAS

ACUERDO MINISTERIAL N°. 006-2025, aprobado el 03 de diciembre de 2025

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 229 del 06 de diciembre de 2025

EL MINISTRO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

ACUERDO MINISTERIAL No. 006-2025

CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE AUDITORÍA Y FINANZAS

El suscrito Óscar Danilo Mojica Aguirre, Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de las facultades que me confiere el Acuerdo Presidencial No. 124-2025, publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 161 del 28 de agosto de 2025, Ley No. 290 Ley de Organización, Competencias y Procedimientos del Poder Ejecutivo, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 170 del 21 de septiembre de 2023 y sus reformas; en cumplimiento a la Ley No. 681, “Ley Orgánica de la Contraloría General de la República y del Sistema de Control de la Administración Pública y Fiscalización de los Bienes y Recursos del Estado” publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 105 del 09 de junio de 2021; y lo establecido en las Normas Técnicas de Control Interno (NTCI) Publicada en La Gaceta, Diario Oficial, No. 67 del 14 de abril del año 2015”.

CONSIDERANDO

I

Que el apéndice II de las Normas Técnicas de Control Interno (NTCI), denominado “Actividades de Control Aplicables a los Sistemas de Administración” numeral 1.1 “Máxima Autoridad y Comité de Auditoría y Finanzas” y numeral 1.1.2 “Comité de Auditoría y Finanzas”, inciso b) establece que en las Entidades del Gobierno Central y sus dependencias, el Comité de Auditoría y Finanzas estará Integrado por: a) Máxima Autoridad o en su defecto al que delegare, quien actuará como Presidente del Comité y b) Dos Directores o Jefes de Unidades Administrativas.

II

Que el apéndice II de las Normas Técnicas de Control Interno (NTCI), denominado “Actividades de Control Aplicables a los Sistemas de Administración” numeral 1.1 “Máxima Autoridad y Comité de Auditoría y Finanzas” y numeral 1.1.2 “Comité de Auditoría y Finanzas”, párrafo sexto establece: Donde exista Auditor Interno, debe ser invitado para actuar como asesor técnico con voz, pero sin derecho a voto.

III

Que, para dar cumplimiento a lo mandatado por la Contraloría General de la República, mediante lo establecido en las Normas Técnicas de Control Interno, es necesario la conformación del Comité de Auditoría y Finanzas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Por tanto, esta Autoridad.

ACUERDA:

PRIMERO: Dejar sin efecto el Acuerdo Ministerial 005-2025, de fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil veinticinco, “Conformación del Comité de Auditoría y Finanzas” del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y publicado en La Gaceta, Diario Oficial No. 181 del 02 de octubre del año 2025.

SEGUNDO: Ratificación y nombramiento de los miembros que conformaran el Comité de Auditoría y Finanzas del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, conforme lo estipulan las Normas Técnicas de Control Interno, que estará conformado por las servidoras y servidores públicos:

- Mario Absalón Delgado Alemán, Secretario General de Administración y Finanzas, quien actuará como Presidente del Comité de Auditoría y Finanzas.

- Regina del Carmen López Lohlofftz, Directora División de Planificación, quien actuará como miembro del Comité de Auditoría y Finanzas.

- Noelia Emperatriz Gavarrete Delgadillo, Directora de la División de Asesoría Legal, quien actuará como miembro del Comité de Auditoría y Finanzas.

- Ingrid Fabiola Maltez Morales, Auditora Interna, quien actuará como Asesor Técnico del Comité de Auditoría y Finanzas, con derecho a voz, pero sin voto.

TERCERO: El nombramiento como miembro del Comité de Auditoría y Finanzas, es personal e intransferible, por lo tanto, la sustitución de un miembro solamente podrá realizarse mediante Acuerdo Ministerial.

CUARTO: Comuníquese el presente Acuerdo Ministerial a la Contraloría General de la República y a quienes deban conocer de la misma.

QUINTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de esta fecha, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Nicaragua.

Dado en la ciudad de Managua, a los tres días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco. (F) Óscar Mojica Aguirre, Ministro.
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