Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD JIÑOCUABO (ASODESCO JIÑOCUABO)]

DECRETO A. N. N°. 4499, aprobado el 22 de febrero de 2006

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 163 del 22 de agosto de 2006

DECRETO A.N. No. 4499

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD JIÑOCUABO (ASODESCO JIÑOCUABO), sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Comunidad Jiñocuabo, en el municipio de Somotillo, Departamento de Chinandega.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LA COMUNIDAD JIÑOCUABO (ASODESCO JIÑOCUABO), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintidós días del mes de Febrero del año dos mil seis. EDUARDO GÓMEZ LÓPEZ, Presidente de la Asamblea Nacional.- MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, dieciséis de agosto de dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua.
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