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Sin Vigencia
[OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN DE JÓVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE, (ASOCANER)]
DECRETO A. N. N°. 6035, aprobado el 06 de mayo de 2010
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 114 del 17 de junio de 2010
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN DE JÓVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE, la que podrá abreviarse, con las siglas (ASOCANER); sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Comunidad de los Ramos municipio de Altagracia, municipio del departamento de Rivas.
Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Art. 3 La ASOCIACIÓN DE JÓVENES POR LA CULTURA ANCESTRAL ESMERALDA ARCE, la que podrá abreviarse, con las siglas (ASOCANER); estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.