Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Municipal
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Abrir Gaceta
-

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

DECRETO QUE DIVIDE EL DEPARTAMENTO DE CARAZO EN DOS DISTRITOS JUDICIALES

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 05 de octubre de 1910

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 183 del 20 de noviembre de 1910

El Presidente de Provisional de la República

En uso de las facultades extraordinarias de que se halla investido,

Considerando:

Que la mejor administración de justicia en el departamento de Carazo, requiere la división de ese departamento en dos distritos judiciales,

Decreta:

Art. 1° – El departamento de Carazo se dividirá en dos distritos judiciales que tendrán por cabeceras las ciudades de Jinotepe y Diriamba, respectivamente.

Art. 2° – El Distrito de Jinotepe, comprenderá esa ciudad y todos los pueblos y valles no incluidos en el de Diriamba.

Art. 3° – El Distrito de Distrito de Diriamba comprenderá esa ciudad y sus valles, lo mismo que la villa de San Marcos y sus valles respectivos.

Art. 4° – En cada uno de los referidos distritos habrá un solo Juez de Distrito para lo Civil y lo Criminal.

El presente decreto empezará á regir desde su publicación por bando.

Dado en Managua, á los cinco días del mes de octubre de mil novecientos diez. – Juan J. Estrada – El Ministro de Justicia. Díaz.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua.
Complejo Legislativo Carlos Núñez Téllez.
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Benjamín Zeledón, 7mo. Piso.
Teléfono Directo: 22768460. Ext.: 281.
Enviar sus comentarios a: División de Información Legislativa



Nota: Cualquier diferencia existente entre el Texto de la Ley impreso y el publicado aquí, solicitamos sea comunicado a la División de Información Legislativa de la Asamblea Nacional de Nicaragua.