AUTORIZAR AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR TRANSFERENCIAS EN EL PRESUPUESTO GENERAL DE INGRESOS Y EGRESOS 1957
DECRETO LEGISLATIVO N°. 231, aprobado el 14 de mayo de 1957
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 114 del 24 de mayo de 1957
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed
Que el congreso ha ordenado lo siguiente
DECRETO No. 231
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República
Decretan
Arto 1o - Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos vigente transferencia de la suma de C$ 27 398 96 del Rubro de Subvenciones y Contribuciones – Prestaciones Sociales del Programa del Programa 1213-Partida 330710007, del Ministerio de Salubridad Pública, a la Partida 0505-2809 VARIOS – Servicio Exterior, del Ministerio de Relaciones Exteriores
Arto 2o - La presente Ley entrará en vigor desde su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D N, Mayo 9 de 1957.- (f) A Montenegro, D P (f) – Fernando Medina M, D S – (f) – Salvador Castillo, D S
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado Managua, D N, 14 de Mayo de 1957. (f) – Pablo Renner, S S.- (f) Enrique Belli Ch., S. S.
Por tanto: Ejecútese – Casa Presidencial, Managua, D N 15 de Mayo de 1957 (f) LUIS A. SOMOZA D, Presidente de la República – (f) Rafael A Huezo, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 231, Autorizar al Poder Ejecutivo para Efectuar Transferencias en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos 1957, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.