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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera
TRANSFERENCIA DE PARTIDAS EN MINISTERIOS DE EDUCACIÓN Y SALUBRIDAD

DECRETO LEGISLATIVO N°. 864, aprobado el 04 de septiembre de 1963

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 247 de 29 de octubre de 1963

Transferencia de partidas en ministerios de educación y salubridad

«El Presidente de la República,

a sus habitantes,
Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No. 864

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Arto. 1. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, la siguiente Transferencia de partidas:

Educación Pública
De: 0813—0205
Inmuebles
C$30.000.00
02
Edificios
A: 0814—0007
Subvenciones y Contribuciones
30.000.00
3407
Contribuciones a Instituciones de Carácter Mixto. Para Organización Nicaragüense Americana de Cooperación Técnica (ONACT).
Salubridad Pública
De 1206—0103
Materiales y Suministros Consumibles
30.000.00
11
Alimentación de Personas
A: 1209—0007
Subvenciones y Contribuciones
30.000.00
3407—12-
Contribuciones a Instituciones de Carácter Mixto. Para Organización Nicaragüense Americana de Cooperación Técnica (ONACT).
Arto. 2. — La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en «La Gacetas»; Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D. N.; 29 de Agosto de 1963. — (f). J. J. Morales Marenco, D. P. — (f) Olga N. de Saballos, D. S. — (f) A. Romero Castillo, D. S.

Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado. — Managua, D. N., 4 de Septiembre de 1963. — (f) Pablo Rener, S. P. — (f) Humberto Castrillo M., S. S. — (f) Rafael Ayón, S. S.

Por Tanto: Ejecútese. — Casa Presidencial. — Managua, D. N., 7 de Septiembre de 1963. — (f) RENE SCHICK, Presidente de la República. — (f) Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público».

Observación: El Decreto Legislativo Nº. 864, Transferencia de Partidas en Ministerios de Educación y Salubridad, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
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