Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Deporte Educación Física y Recreación Física
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO REFERENTE A CORRIDAS DE TOROS Y JUEGOS DE SPORT

DECRETO EJECUTIVO N° 38, aprobado el 12 de agosto de 1925

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 181 del 13 agosto de 1925

El Presidente de la República,

En el deseo de ayudar a las instituciones de Beneficencia Pública en su meritoria labor,

Decreta:

Art. 1—Desde la promulgación de esta ley, sólo podrán verificarse en esta ciudad corridas de toros y juegos de sport con fines lucrativos en provecho de la Junta de Beneficencia que actualmente funciona y que tiene a su cargo el Hospital General, para lo cual podrá hacer ella con los jugadores e interesados los arreglos que le convengan.

Art. 2—Exceptuase de la restricción a que se refiere el artículo anterior las corridas de toros populares y los juegos de sport que se verifiquen con motivo de las fiestas públicas tradicionales.

Art. 3—Las Juntas de Beneficencia existentes o que posteriormente se establezcan en las demás ciudades de la República, podrán aprovechar se de esta ley en sus respectivas localidades, pero respetando derechos adquiridos.

Esta le; empezará a regir desde su publicación en La Gaceta Oficial.

Dado en la Casa Presidencial Managua, doce de agosto de mil novecientos veinticinco — Solórzano—El Ministro de Policía, por la ley—Ramón Molina R.
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