Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Gobernabilidad
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(APRUÉBENSE LOS ACTOS DEL EJECUTIVO EN LOS RAMOS DE GUERRA Y MARINA)

DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 29 de abril de 1914

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 112 del 22 de mayo de 1914

El Presidente de la República,

a sus habitantes,

SABED:

QUE EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,

DECRETAN:

Único- Apruébanse los actos del Ejecutivo en los ramos de Guerra y Marina, de que ha dado cuenta el respectivo Secretario de Estado, y que corresponde al período de enero a diciembre de 1913.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado- Managua, veintinueve de abril de mil novecientos catorce- J. Demetrio Cuadra, S. P.- Sebastián Uriza, S. S.- H. Jarquín, S. S.

Al Poder Ejecutivo- Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados- Managua, 19 de mayo de 1914- Miguel Cárdenas, D. P.- Héctor Arana, D. S.- J. L. Zelaya, D. S.

Por tanto, ejecútese- Casa Presidencial- Managua, diecinueve de mayo de mil novecientos catorce- ADOLFO DÍAZ- El Ministro de la Guerra- J. A. URTECHO.
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