IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Resoluciones
Materia: S/Definir

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

(APROBAR EL PLAN DE MANEJO DEL ÁREA PROTEGIDA RESERVA DE RECURSOS GENÉTICOS YUCUL, UBICADA EN EL MUNICIPIO DE SAN RAMÓN, DEPARTAMENTO DE MATAGALPA)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 034-2008, aprobada el 09 de diciembre de 2008

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 21 del 02 de febrero de 2009

RESOLUCIÓN MINISTERIAL No. 034-2008

La Ministra del Ambiente y los Recursos Naturales, MARENA

CONSIDERANDO

I

Que de conformidad con lo establecido en el Arto. 21 de la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales y su reforma la Ley No 647, todas las actividades que se desarrollen en Áreas Protegidas obligatoriamente deben realizarse conforme a un Plan de Manejo aprobado por el Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, MARENA, los que se adecuarán a las categorías que para cada área se establezca,

II

Que de conformidad a lo establecido en el artículo treinta y uno del Decreto No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua, el MARENA a través de los planes de manejo definirá los límites de las áreas protegidas y que en lo que se refiere a Zona de Amortiguamiento de las áreas protegidas del SINAP, la Ley No. 647, Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, dispone en su artículo número once, que se establecerá una Zona de Amortiguamiento colindante o circundante a cada área protegida, y que en los casos de que existan áreas protegidas ya declaradas, que no cuenten con zonas de amortiguamiento se estará sujeto a lo dispuesto en el Plan de Manejo aprobado o que se le apruebe.

III

Que se han involucrado y realizado las consultas requeridas sobre el contenido del Plan de Manejo del área protegida Reserva de Recursos Genéticos Yucul, ante los diferentes actores locales tales como las autoridades gubernamentales, municipales, propietarios privados, Organismos No Gubernamentales, entre otros que inciden en el área protegida.

IV

Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 37 del Decreto No. 01 de Plan de Manejo del área protegida Reserva de Recursos Genéticos Yucul, fue enviada al Gobierno Municipal de San Ramón, para su correspondiente opinión, por ser el Municipio en el que se encuentra ubicada la Reserva de Recursos Genéticos.

V

Que en el artículo treinta y ocho del Decreto No. 01-2007, se establece que en caso de no recibir la Dirección de Áreas Protegidas las opiniones solicitadas al Consejo Municipal, continuará con el proceso de aprobación de la propuesta de Plan de Manejo.

VI

Que he tenido a la vista el dictamen favorable, emitido por el Equipo Técnico Institucional encargado de revisar la propuesta de Plan de Manejo del área protegida, en el que se indica que se ha revisado el documento de Plan de Manejo de la Reserva de Recursos Genéticos Yucul y se ha verificado que el contenido técnico y legal cumple con los requisitos establecidos en el Arto. 36 del Decreto No. 01-2007, Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Ley,

RESUELVE

Arto. 1. Aprobar el Plan de Manejo del área protegida Reserva de Recursos Genéticos Yucul, ubicada en el Municipio de San Ramón, Departamento de Matagalpa.

Arto. 2. Definición de los Límites del Área Protegida: Se dispone por el presente Plan de Manejo que la Reserva de Recursos Genéticos Yucul se encuentra comprendida entre las coordenadas UTM siguientes: 627500 - 1427500; 636000 - 1434000; 641500 - 1429500; 640000 - 142500; 634500 - 1423000, estas coordenadas comprenden un área de 5,713.65 hectáreas, correspondiente a 57.13 Km2

Arto. 3. Publíquese la presente Resolución Ministerial en la Gaceta Diario Oficial, en cumplimiento al Arto. 39 del Reglamento de Áreas Protegidas de Nicaragua Decreto No. 01-2007, sin perjuicio de su publicación por cualquier medio de comunicación social virtual, hablado o escrito.

Dado en la Ciudad de Managua, a los nueve días del mes de Diciembre del año dos mil ocho. JUANA ARGEÑAL SANDOVAL, MINISTRA
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa