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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Sistema de Administración Financiera


AUTORÍZASE SEÑOR MINISTRO HACIENDA SUSCRIBIR CONTRATO PRÉSTAMO CON EL BCIE PARA CONSTRUCCIÓN CARRETERA PANAMERICANA-RAMA

DECRETO LEGISLATIVO Nº. 48, aprobado el 08 de octubre de 1975

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 253 del 07 de noviembre de 1975

Autorízase Sr. Ministro Hacienda Suscribir Contrato Préstamo con el BCIE para Construcción Carretera Panamericana-Rama

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

a sus habitantes,

Sabed:

Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto Nº 48

La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,

Decretan:

Arto. 1º — Autorizase al Poder Ejecutivo en el Ramo de Hacienda y Crédito Público, para que por medio del Ministro o del funcionario en quien éste delegue, suscriba en nombre de la República de Nicaragua, un Contrato de Préstamo con el Banco Centroamericano de Integración Económica, hasta por la cantidad de UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA MIL DOLARES (US$1.240,000.00), y que constituye un préstamo adicional a los autorizados por Decretos Legislativos N° 1366, del 1º de Septiembre de 1967, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial, No 216 del 23 de ese mismo mes y año; y No 1524, del 7 de Diciembre de 1968, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial, Nº 287 del 14 de Diciembre de ese mismo año; y N° 1912 del 26 de Agosto de 1971, publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial”, N° 229 del 9 de Octubre de ese mismo año; y con el cual se completa la cantidad de (US$9.690,000.00) en la construcción de la carretera que une la Carretera Panamericana con Ciudad Rama. Este préstamo será a un plazo de quince años, contados a partir de la fecha de suscripción del Contrato, incluyendo tres años de gracia, con una tasa de interés del 5 ¼% anual sobre los saldos deudores, pagadera semestralmente en Dólares de los Estados Unidos de América, debiendo efectuarse el primer pago a los seis meses del primer desembolso, con una comisión de compromiso del ¾ del 1% anual sobre los saldos no desembolsados, pagaderos en dólares de los Estados Unidos de América a partir de la fecha de suscripción del Contrato de Ampliación.

Arto. 2º — El producto de este empréstito será usado en la siguiente forma:

a) UN MILLON CIENTO VEINTE MIL DOLARES (US$1.120,000.00), para terminar la pavimentación de la Carretera San Benito-Rama en el Tramo las Palomas-El Cacao;

b) VEINTE MIL DOLARES (US$20,000.00), para la contratación de un experto Geotécnico o Especialista en suelos para solucionar los problemas de inestabilidad del área, plasticidad de los suelos y humedad abundante y permanente en la región, lo que ha creado problemas de construcción en materia de deslizamiento que si no se soluciona, interrumpirá el tráfico de la Carretera eventualmente; y

c) CIEN MIL DOLARES (US$100,000.00), para las soluciones temporales de derrumbes.

Arto. 3º — La presente autorización comprende la facultad de firmar todos los documentos que fuere preciso en la tramitación del préstamo en referencia y aceptar las cláusulas y condiciones para él requeridas, así como la de incluir en los correspondientes Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de la República, las cantidades necesarias para el cumplimiento oportuno de las obligaciones en él contraídas.

Arto. 4° — Esta Ley regirá desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., veinticinco de Septiembre de mil novecientos setenta y cinco. — (f) Cornelio H. Hüeck, Presidente. — (f) Ulises Fonseca Talavera, Secretario. — (f) Fernando Zelaya Rojas, Secretario.

Al Poder Ejecutivo, Cámara del Senado. Managua, D. N., ocho de Octubre de 1975. — (f) Pablo Rener, Presidente. (f) Ramiro Granera Padilla, Secretario. — (f) Max Paguaga Irías, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese. — Dado en Casa Presidencial. Managua, D. N., a los nueve días del mes de Octubre de 1975. A. ZOMOZA D., Presidente de la Republica. (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C. P.

Observación: El Decreto Legislativo Nº. 48, Autorízase al Señor Ministro de Hacienda para Suscribir Contrato de Préstamo con el BCIE para Construcción de Carretera Panamericana-Rama, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.
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