Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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CONCÉDESE AL GENERAL ANASTASIO SOMOZA, LA MEDALLA DE ORO DEL CONGRESO NACIONAL EN RECONOCIMIENTO A SU MERITORIA LABOR POR LA PAZ DE LA REPÚBLICA

DECRETO LEGISLATIVO N°. 19, aprobado el 31 de octubre de 1947

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 239 del 03 de noviembre de 1947

El Presidente de la República,
a sus habitantes,

Sabed:

Que la Asamblea Nacional Constituyente,

ha ordenado lo siguiente:

Decreto N°. 19

La Asamblea Nacional Constituyente de la República de Nicaragua, en funciones de Cuerpo Legislativo ordinario,

Decretan:

Arto. 1°— Se concede al General Anastasio Somoza, la Medalla de Oro del Congreso Nacional, en reconocimiento a su meritoria labor por la paz de la República y por su empeño en el mejoramiento material y espiritual del país.

Arto. 2°— La Directiva de la Asamblea Nacional Constituyente dará cumplimiento al presente Decreto de conformidad con la ley de 3 mayo de 1937.

Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente. – Managua, D. N., 28 de Octubre de 1947. – F. Alaniz B., Presidente. – Alex Argüello M., Secretario. — Ernesto Pereira, Secretario.

Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial. – Managua, D. N., treinta y uno de Octubre de mil novecientos cuarenta y siete. – V. M. ROMÁN, Presidente de la República. Benj. Vidaurre, Ministro de la Gobernación.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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