IR A LEGISLACIÓN DE NICARAGUA
Legislación de Nicaragua
Normas Jurídicas
...
_Publicación oficial
Categoría normativa: Acuerdo Ejecutivo
Materia: Laboral

Enlace a Legislación Relacionada
Sin Vigencia

ACUERDO REGLAMENTANDO LA EJECUCIÓN DEL ART. 49 DE LA LEY DE 18 DE ABRIL DEL AÑO PASADO

ACUERDO EJECUTIVO S/N, aprobado el 12 de septiembre de 1860

Publicado Gaceta Oficial N°. 38 del 22 de septiembre de 1860

Acuerdo reglamentando la ejecución del art. 49 de la ley de 18 de abril del año pasado.

El Gobierno:

Para reglamentar la ejecución del artículo 49 de la ley de 18 de abril del año próximo pasado,

Acuerda:

1. El que estando concertado para algun trabajo desertare de él, será conducido por medio de los agentes de policía a la hacienda ó lugar donde servía, ó remitido por el alcalde del pueblo donde se hallare; pagándose en el primer caso un real de sobresueldo a los gendarmes ó soldados conductores, y tres por día en el segundo caso.

2. Este pago se adelantará por el patron a quien sirviese el jornalero desertor.

3. Los jueces exhortados para la remision de desertores, deberán cumplimentarlo a la mayor brevedad posible bajo la pena de satisfacer lo que el desertor debiere al patrón, cuya exacción se hará, por el Prefecto respectivo.

Comuníquese. — Managua, setiembre 12 de 1860.- Chamorro.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
-


Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
Complejo Legislativo "Carlos Núñez Téllez"
Avenida Peatonal General Augusto C. Sandino
Edificio Gral. Benjamín Zeledón, 7mo. Piso
Teléfono Directo: 2276-8460. Ext.: 281
Enviar sus comentarios a: Dirección de Información Legislativa