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Sin Vigencia
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO INCLUSIVO "FUNDECOMI"
DECRETO A. N. N°. 7694, aprobado el 25 de febrero de 2015
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 48 del 11 de marzo de 2015
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO A.N. Nº. 7694
DECRETO DE OTORGAMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO INCLUSIVO "FUNDECOMI"
Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO INCLUSIVO la que podrá identificarse con las siglas "FUNDECOMI"; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Juigalpa, Departamento de Chontales.
Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.
Art. 3 La FUNDACION PARA EL DESARROLLO COMUNITARIO INCLUSIVO la que podrá identificarse con las siglas "FUNDECOMI"; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los veinticinco días del mes de febrero del año dos mil quince. Ing. René Núñez Téllez, Presidente Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Primera Secretaria Asamblea Nacional.