REPOSICIÓN DE ELECCIONES DE DIPUTADOS PROPIETARIOS POR EL DISTRITO DE NANDAIME, DEPARTAMENTO DE GRANADA
DECRETO-LEY S/N, aprobado el 15 de enero de 1913
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 18 del 23 de enero de 1913
LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE,
Decreta:
Art. 1° — Mandar reponer las elecciones de Diputados Propietarios por el Distrito de Nandaime, departamento de Granada, y por el Distrito de Estelí, departamento del mismo nombre, doctor don José Bárcenas Meneses y General Antonio Reyes, respectivamente, por haber sido electo el primero Magistrado de la Corte de Apelaciones de Oriente, y nombrado el segundo, Jefe Político del departamento de León.
Art. 2° — Facultar al Ejecutivo para que señale el día en que deban practicarse las nuevas elecciones.
Dado en el Salón de Sesiones—Managua, 15 de enero de 1913 — Salvador Chamorro, D. P. — Ramón Castillo C., D. S. — M. J. Morales, D. S.
Publíquese — Casa Presidencial-Managua, 16 de enero de 1913 — ADOLFO DÍAZ — El Ministro de la Gobernación, por la ley — HELIODORO ARANA, H.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto - Ley S/N, Reposición de Elecciones de Diputados Propietarios por el Distrito de Nandaime, Departamento de Granada, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin Vigencia de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Constitucional y Otras Normas Fundamentales.