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Sin Vigencia
DEROGACIÓN DEL ARTÍCULO N°. 16 DEL DECRETO N°. 580 DE EMPRESAS DE REFORMA AGRARIA
DECRETO EJECUTIVO N°. 213, aprobado el 18 de agosto de 1986
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 193 del 08 de septiembre de 1986
Decreto N°. 213
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA,
En uso de sus facultades,
Decreta:
Arto. 1 - Se deroga el Arto 16 del Decreto N°. 580, Ley de Empresas de Reforma Agraria, emitido el dos de Diciembre de mil novecientos, ochenta, y publicado en “La Gaceta”, Diario Oficial N°. 284, de fecha 9 de Diciembre del mismo año.
Arto. 2 – El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, a los dieciocho días del mes de Agosto de mil novecientos ochenta y seis “A 25 Años, Todas las Aras Contra la Agresión” Daniel Ortega Saavedra, Presidente.