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OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO AGROECOLÓGICO REGIONAL (ADAR)
DECRETO A. N. N°. 698, aprobado el 10 de febrero de 1994
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 56 del 21 de marzo de 1994
OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO AGROECOLÓGICO REGIONAL (ADAR)
DECRETO A.N. No. 698
El Presidente de la República de Nicaragua
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación para el Desarrollo Agroecológico (ADAR), Asociación Civil sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua.
Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La Asociación para el Desarrollo Agroecológico Regional (ADAR), estará obligada al cumplimiento de la ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de Ja República.
Arto. 4 El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Febrero de mil novecientos noventa y cuatro Luis Humberto Guzmán Áreas Presidente de la Asamblea Nacional Francisco Duarte Tapia Secretario de la Asamblea Nacional
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese Managua tres de Marzo de mil novecientos noventa y cuatro Violeta Barrios de Chamorro Presidente de la República de Nicaragua.