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Sin Vigencia
OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN NICARAGÜENSE PARA EL DESARROLLO Y PROMOCIÓN DEL ARTE (FUNDARTE)
DECRETO A.N. N°. 1549, aprobado el 10 de octubre de 1996
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 237 del 13 de diciembre de 1996
El Presidente de la República de Nicaragua
Hace saber el pueblo nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
El siguiente:Decreto
Arto. 1.- Otórgase personalidad Jurídica a la Fundación Nicaragüense para el Desarrollo y Promoción del Arte (FUNDARTE), Fundación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la Ciudad de Managua.
Arto. 2.- La Representación Legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3.- La Fundación Nicaragüense para el Desarrollo y Promoción del Arte (FUNDARTE), estará obligada al cumplimiento de la ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los diez días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y seis.- Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.- Jaime Bonilla.- Secretario de la Asamblea Nacional
Por Tanto: Publíquese y ejecútese. Managua, catorce de Noviembre de mil novecientos noventa y seis.- Violeta Barrios de Chamorro.- Presidente de la República de Nicaragua.