Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACION TENOLI, TENOLI)

DECRETO A.N. N°. 6817, aprobado el 21 de marzo de 2012

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 66 del 12 de abril de 2012

DECRETO A.N. N°. 6817

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la FUNDACION TENOLI, también podría ser conocida como TENOLI; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Managua, Municipio de Managua.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La FUNDACION TENOLI, también podría ser conocida como TENOLI; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiún días del mes de Marzo del año dos mil doce. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
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