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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: S/Definir

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[OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN HOGAR DULCE HOGAR DE NIÑOS (CHILDRENS HOME SWEET HOME)]

DECRETO A.N. N°. 6567, aprobado el 18 de octubre de 2011

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 208 del 03 de noviembre de 2011

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN “HOGAR DULCE HOGAR DE NIÑOS (CHILDRENS HOME SWEET HOME)”, la que podrá identificarse simplemente con las siglas “CHSH”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en el Poblado de Laguna de Perlas, Región Autónoma del Atlántico Sur.

Art. 2 La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Art. 3 La ASOCIACIÓN “HOGAR DULCE HOGAR DE NIÑOS (CHILDRENS HOME SWEET HOME)” la que podrá identificarse simplemente con las siglas “CHSH”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los dieciocho días del mes de Octubre del año dos mil once Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
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