SE DEROGAN LOS IMPUESTOS DE TRÁNSITO QUE SE ESTABLECEN EN PLANES DE ARBITRIOS DE CORPORACIONES MUNICIPALES O DE BENEFICENCIA
DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 17 de marzo de 1890
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 69 del 23 de marzo de 1890
Decreto por el que se derogan cientos impuestos
Presidente de la República
Considerando que los impuestos de tránsito que se hallan establecidos en los planes de arbitrios de varias Corporaciones Municipales ó de Beneficencia son contrarios á los principios económicos, porque ponen trabas á la libertad del comercio; en uso de las facultades que le están delegadas
Decreta:
1°. - Derógase todos los impuestos sobre el tránsito de personas, ganados, vehículos y mercaderías que se hallen establecidos en Planes de Arbitrios de Corporaciones Municipales ó de Beneficencia.
2°. – El presente decreto comenzará á regir desde la fecha de su publicación.
Dado en Managua, á 17 de marzo de 1890 – Roberto Sacasa – El Ministro de Gobernación – Modesto Barrios.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Ejecutivo S/N, Se Derogan los Impuestos de Tránsito que se Establecen en Planes de Arbitrios de Corporaciones Municipales o de Beneficencia, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin vigencia o Derecho histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.