Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Administrativa
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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DECRETO SUPRIMIENDO EL MINISTERIO DE CRÉDITO PÚBLICO

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 27 de julio de 1860

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 27 del 07 de julio de 1860

Decreto suprimiendo el Ministerio de Crédito Público.

Fernando Guzmán, Senador en ejercicio del P. E.,

á sus habitantes.

Considerando que los reclamos pendientes en el Ministerio de Crédito Público son muy reducidos, pues la deuda ya está casi reconocida en el todo, y por lo mismo es innecesaria la existencia de dicha Cartera; en uso de las facultades de que se halla investido.

DECRETA:

Art. 1°. Suprimese el Ministerio de Crédito público, cuyo ramo se agregará á la Secretaría de Hacienda.

Art. 2°. El ramo de Instrucción agregado antes al Ministerio de Crédito público. Queda anexo al de Gobernación.

Art. 3°. Los empleados sub alternos de la espresada Cartera de Crédito público, quedarán agregados al Ministerio de Hacienda; para la pronta conclusion de los reclamos pendientes.

Art. 4°. Comuniquese á quienes corresponde.-

Dado en Palacio Nacional de Managua; á 4 de julio de 1860. - Fernando Guzmán.- Al señor Doctor don Rosalio Cortéz, Secretario de Estado en las Carteras de Gobernación y Guerra.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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