CELEBRAR CONTRATA CON LA COMPAÑÍA DE PANAMÁ CON EL OBJETO QUE TOQUE EL PUERTO SAN JUAN DEL SUR.
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 01 de febrero de 1869
Publicado en La Gaceta de Nicaragua N°. 09 del 27 de febrero de 1869
El Presidente de la República
á sus habitantes.
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Senado i Cámara de Diputados de la República de Nicaragua;
Decretan:
Artículo único. – Se recomienda al Gobierno que cuando lo permita el Erario público, celebre una contrata con la Compañía de Panamá ó cualquier otra con objeto de que toque dos veces al mes en el Puerto de San Juan del Sur alguno de los buques de la línea establecida en el pacífico debiendo ser una vez en su carrera para los puertos de los EE. de Honduras, Salvador i Guatemala i otra en su regreso para los de Costa-Rica i Panamá.
Dado en el Salón de sesiones de Cámara del Senado – Managua, Febrero 1°. De 1869. – Mariano Montealegre, S. P. – J. Arguello Arce, S. S. – J. León Avendaño, S. S. – Al Poder Ejecutivo – Sala de sesiones de la Cámara de Diputados – Managua, 22 de febrero de 1869 – S. Morales, D. P. – J. Chamorro, D. S. – Miguel Robelo, D. S. –
Por tanto Ejecutese – Casa de Gobierno – Managua, febrero 22 de 1869 – Fernando Guzman.
El Ministro de Relaciones Exteriores – Tomas Ayon.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.