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Sin Vigencia
(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN PARA LA SALUD COMUNITARIA EN RÍO SAN JUAN, ASC-RÍO SAN JUAN)
DECRETO A.N. N°. 2099, aprobado el 24 de noviembre de 1998
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 247 del 19 de diciembre de 1998
DECRETO A.N. N°. 2099
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN PARA LA SALUD COMUNITARIA EN RIO SAN JUAN, ASC-RIO SAN JUAN, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de San Carlos, Departamento de Rio San Juan.
Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma en que sus Estatutos lo determinen.
Arto. 3. La Asociación para la Salud Comunitaria en Río San Juan, ASC-RIO SAN JUAN, está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en cualquier medio de comunicación social escrito, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veinticuatro días del mes de Noviembre de mil novecientos noventa y ocho.- IVAN ESCOBAR FORNOS, Presidente de la Asamblea Nacional.- NOEL PEREIRA MAJANO, Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO:
Publíquese y ejecútese. Managua, dieciséis de Diciembre de mil novecientos noventa y ocho.- ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.