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Legislación de Nicaragua
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
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Sin Vigencia

SE DECLARA EN ESTADO DE SITIO LA REPÚBLICA

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 14 de octubre de 1909

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 120 del 16 de octubre de 1909

Se declara en estado de sitio la República

El Presidente de la República, en consejo con el Ministro General,

Considerando:

Que ha estallado una revolución en ---Atlántico, promovida con fines ---ciosos é injustificables ante la -- nacional,

Considerando:

Que esa alteración del orden público no solamente constituye un grave delito de parte de sus promotores, sino un inmenso perjuicio para la República,

Considerando:

Que es un deber del Ejecutivo mantener el orden interior, y cuidar del sostenimiento de la paz, dictando las disposiciones más convenientes, y adoptando las medidas más enérgicas,

Por tanto:

En uso de la facultades que le confiere la Constitución (Art. 80 frac ------)

Decreta:

-----Declárese el estado de sitio en la República, y en consecuencia ---pone en vigor la Ley Marcial; desde la publicación de esta ley.

Dado en Managua, á los catorce días del mes de octubre de mil novecientos nueve - J. S. Zelaya - El Ministro General – J. Irías.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.

La Gaceta presenta irregularidades y no se logra identificar fragmento de algunos párrafos.
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