Legislación de Nicaragua
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_Publicación oficial
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
Materia: Seguridad y Defensa Nacional



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SE DECLARA EN ESTADO DE SITIO LA REPÚBLICA

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 14 de octubre de 1909

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 120 del 16 de octubre de 1909

Se declara en estado de sitio la República

El Presidente de la República, en consejo con el Ministro General,

Considerando:

Que ha estallado una revolución en ---Atlántico, promovida con fines ---ciosos é injustificables ante la -- nacional,

Considerando:

Que esa alteración del orden público no solamente constituye un grave delito de parte de sus promotores, sino un inmenso perjuicio para la República,

Considerando:

Que es un deber del Ejecutivo mantener el orden interior, y cuidar del sostenimiento de la paz, dictando las disposiciones más convenientes, y adoptando las medidas más enérgicas,

Por tanto:

En uso de la facultades que le confiere la Constitución (Art. 80 frac ------)

Decreta:

-----Declárese el estado de sitio en la República, y en consecuencia ---pone en vigor la Ley Marcial; desde la publicación de esta ley.

Dado en Managua, á los catorce días del mes de octubre de mil novecientos nueve - J. S. Zelaya - El Ministro General – J. Irías.

Observación: Por el deterioro de la edición de La Gaceta, no se logra identificar fragmento de algunos párrafos, representados por línea continúa.

Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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