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Sin Vigencia
SE DEROGA EL ARTÍCULO 13 DEL DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 1°. DE CATORCE DE FEBRERO DEL AÑO 1903
ACUERDO EJECUTIVO, aprobado el 31 de agosto de 1903
Publicado en El Diario Oficial N°. 2025 del 05 de septiembre de 1903
Se deroga un artículo
Considerando: que no se ha podido armonizar con perfección en la Escuela Militar y de Clases la enseñanza civil y militar, causa que indujo á varios padres de familia á que sus hijos pasen á otros planteles de educación.
Considerando: que por diferentes motivos, el Instituto de Señoritas de esta capital ha sufrido algunos leves atrasos, ya inaugurado el curso con retraso, ya haciéndose necesarias algunas modificaciones que pronto recibirán, circunstancias que han determinado que algunas señoritas continúen sus estudios en la ciudad de León, el Presidente de la República, Acuerda:
1°. Deroga el artículo trece (artículo 13) del Decreto Ejecutivo, número 1°, de catorce de Febrero del año corriente.
2°. Las atribuciones á que se contradiga los artículos segundo y tercero [artículos 2°. y 3°.] del mismo Decreto estarán subordinadas á lo que disponga el Ministerio del Ramo.
Comuníquese- Managua, 31 de Agosto de 1903 - J. S. Zelaya - El Ministro de Instrucción Pública - José Francisco Aguilar.
NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.