Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “FUNDACIÓN FUERZA VIEJANA (FUV)")

DECRETO A.N. N°. 5140, aprobado el 15 de mayo de 2007

Publicado el La Gaceta, Diario Oficial N°. 136 del 18 de julio de 2007

DECRETO A. N. N°. 5140

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la “FUNDACIÓN FUERZA VIEJANA (FUV)”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de el Viejo.

Arto. 2. La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La “FUNDACIÓN FUERZA VIEJANA (FUV)”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los quince días del mes de Mayo del año dos mil siete. ING. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. - DR. WILFREDO NAVARRO MOREIRA, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese. Managua, dos de julio de dos mil siete. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de Nicaragua.
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