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Sin Vigencia
[OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN INTERNET DE NICARAGUA (AIN)]
DECRETO A.N. N°. 3203, aprobado el 12 de diciembre de 2001
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 11 del 17 de enero de 2002
DECRETO A.N. No. 3203
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
El siguiente:
DECRETO
Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN INTERNET DE NICARAGUA (AIN), sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en la ciudad de Managua, Departamento de Managua.
Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3. La Asociación Internet de Nicaragua (AIN), está obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.
Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los doce días del mes de Diciembre del dos mil uno. OSCAR MONCADA REYES, Presidente de la Asamblea Nacional PEDRO JOAQUÍN RÍOS CASTELLÓN, Secretario de la Asamblea Nacional.
Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, siete de Enero del año dos mil dos. ARNOLDO ALEMAN LACAYO, Presidente de la República de Nicaragua.