Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: Administrativa
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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EXCITAR A LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA PARA QUE SE ORGANICE A LA MAYOR BREVEDAD LAS SALAS DE LAS CORTES DE APELACIONES Y DEMÁS AUTORIDADES JUDICIALES

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 02 de mayo de 1907

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 3167 del 04 de mayo de 1907

Decreto

Para el mejor cumplimiento del decreto de 25 de abril próximo pasado, que se refiere al restablecimiento del Poder Judicial en la República, y en consideración á que se hace necesario una reorganización previa de los Tribunales y Jueces, que abandonaron de pronto sus tareas por las circunstancias de la guerra.

El Presidente de la República,

Decreta:

Art. 1°.- Excitar á la Corte Suprema de Justicia, á efecto de que se organice á la mayor brevedad para que dicte las medidas conducentes, á fin de que las Salas de las Cortes de Apelaciones, y demás autoridades judiciales, vuelvan al ejercicio de sus funciones, en la fecha señalada en el decreto de 25 de abril último.

Art. 2°.- El Tribunal presentará al Poder Ejecutivo ternas para reponer los empleados judiciales que hubiesen terminado su período ó que, á su juicio, deben removerse y se ocupará en el Despacho de los asuntos que penden ante el mismo Tribunal.

Dado en el Palacio del Ejecutivo - Managua, dos de mayo de mil novecientos siete - J. S. Zelaya - El Ministro de la Gobernación y sus Anexos, José D. Gámez.

Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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