ACUERDO EJECUTIVO DE 9 DE MARZO DE 1848, APROBANDO LA DEMARCACIÓN JURISDICCIONAL DEL NUEVO PUEBLO DEL ROSARIO
ACUERDO EJECUTIVO S/N, aprobado el 09 de marzo de 1848
Publicado en el Código de la Legislación de la República de Nicaragua, del 01 de enero de 1864
Acuerdo ejecutivo de 9 de marzo de 1848, aprobando la demarcación jurisdiccional del nuevo pueblo del Rosario hecha por el Prefecto Oriental.
EL GOBIERNO SUPREMO:
Con presencia de la demarcación jurisdiccional del nuevo pueblo del Rosario que el Prefecto del departamento oriental ha hecho el día 8 de enero del corriente año, i atendiendo a que ella aparece conforme i arreglada, tiene a bien,
ACORDAR:
1º. Apruébase en todas sus partes la espresada demarcación jurisdiccional del nuevo pueblo
del Rosario.
2º. En consecuencia, dicha jurisdicción linda: al oriente con las Mesas, jurisdicción de Diriomo i Nandaime: al Poniente con la de Jinotepe: al Norte con la de Masatepe, Niquinohomo, Catarina, San Juan i el Diriá; i por el Sur, con la de Nandaime i Santa Teresa.
3º. Comuníquese a quienes corresponde.
Granada, 9 de marzo de 1848.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Acuerdo Ejecutivo S/N, Acuerdo Ejecutivo de 9 de Marzo de 1848, Aprobando la Demarcación Jurisdiccional del Nuevo Pueblo del Rosario, se encuentra incorporado en el Anexo III Registro de Normas sin vigencia o Derecho histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal.