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ACUERDO EJECUTIVO DE 9 DE MARZO DE 1848, APROBANDO LA DEMARCACIÓN JURISDICCIONAL DEL NUEVO PUEBLO DEL ROSARIO
ACUERDO EJECUTIVO, aprobado el 09 de marzo de 1848
Publicado en el Código de la Legislación de la República de Nicaragua, del 01 de enero de 1864
Acuerdo ejecutivo de 9 de marzo de 1848, aprobando la demarcación jurisdiccional del nuevo pueblo del Rosario hecha por el Prefecto Oriental.
EL GOBIERNO SUPREMO:
Con presencia de la demarcación jurisdiccional del nuevo pueblo del Rosario que el Prefecto del departamento oriental ha hecho el día 8 de enero del corriente año, i atendiendo a que ella aparece conforme i arreglada, tiene a bien,
ACORDAR:
1º. Apruébase en todas sus partes la espresada demarcación jurisdiccional del nuevo pueblo
del Rosario.
2º. En consecuencia, dicha jurisdicción linda: al oriente con las Mesas, jurisdicción de Diriomo i Nandaime: al Poniente con la de Jinotepe: al Norte con la de Masatepe, Niquinohomo, Catarina, San Juan i el Diriá; i por el Sur, con la de Nandaime i Santa Teresa.
3º. Comuníquese a quienes corresponde.
Granada, 9 de marzo de 1848.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El título de la norma es sugerido, conforme la publicación de la Ley N°. 1048, Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Municipal, aprobado el 26 de noviembre del año 2020, publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 189 del 13/10/2021.