AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE LA GOBERNACIÓN
DECRETO LEGISLATIVO N°.1641, 19 de noviembre de 1969
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 275 el 29 de noviembre de 1969
Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar Transferencia de Partidas del Ministerio de la Gobernación
"El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto N° 1641.
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1° — De conformidad con las disposiciones del Arto. 26 de las Regulaciones Presupuestarias vigentes, se autoriza al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República, la transferencia por valor de C$43,000.00 de partidas del Ministerio de la Gobernación, detalladas así:
Arto. 2° La presente Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en “La Gaceta”, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D. N., 14 de Noviembre de 1969. — (f) Salvador Castillo, D. P. — (f) César Acevedo Quiroz, D. S. — (f) Olga Núñez de Saballos, D. S.
Al Poder Ejecutivo. — Cámara del Senado, Managua, D. N., 19 de Noviembre de 1969. — (f) Humberto Castrillo M., S. P. — (f) Gustavo Raskosky, S. S. — (f) Ernesto Chamorro Pasos, S. S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa. — Presidencial, Managua, D. N., 21 de Noviembre de 1969 — (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República. — (f) Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y Crédito Público".
Observación: El Decreto Legislativo Nº. 1641, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar Transferencia de Partidas del Ministerio de la Gobernación, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.