Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGUESE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO INTEGRAL, SUSTENTABLE Y SOSTENIBLE DEL DEPARTAMENTO DE CARAZO, "FUNDISCA'')

DECRETO A.N. N°. 6040, aprobado el 06 de mayo de 2010

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 115 del 18 de junio de 2010

DECRETO A. N. No. 6040

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Artículo 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la Fundación para el Desarrollo Integral, Sustentable y Sostenible del Departamento de Carazo, la que también será conocida como “FUNDISCA”; sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Jinotepe, Departamento de Carazo.

Art. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Art. 3 La Fundación para el Desarrollo Integral, Sustentable y Sostenible del Departamento de Carazo, la que también será conocida como “FUNDISCA”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Art. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los seis días del mes de Mayo del año dos mil diez. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Dr. Wilfredo Navarro Moreira, Secretario de la Asamblea Nacional.
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