Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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Sin Vigencia

(OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACIÓN VOZ Y ACCIÓN PARA EL FUTURO, AVAF)

DECRETO A.N. N°. 4464, aprobado el 22 de febrero de 2006

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 121 del 22 de junio de 2006

DECRETO A.N. No. 4464

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO

Arto. 1. Otórgase Personalidad Jurídica a la ASOCIACIÓN VOZ Y ACCIÓN PARA EL FUTURO, AVAF, sin fines de lucro, de duración indefinida y con domicilio en la ciudad de Jinotepe, Departamento de Jinotepe.

Arto. 2. La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.

Arto. 3. La ASOCIACIÓN VOZ Y ACCIÓN PARA EL FUTURO, AVAF, estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Arto. 4. El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintidós días del mes de Febrero del año dos mil seis. EDUARDO GOMEZ LOPEZ, Presidente de la Asamblea Nacional. MARIA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la Asamblea Nacional.

Por tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, catorce de marzo del año dos mil seis. Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de Nicaragua.
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