AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL PRESUPUESTO EN LA PARTE CORRESPONDIENTE AL MINISTERIO DEL TRABAJO
DECRETO LEGISLATIVO N°. 943, aprobado el 03 de junio de 1964
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 153 del 08 de julio de 1964
Transferencia para Ministerio del Trabajo
«El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 943
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1. — Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, la siguiente transferencia de Partidas del Presupuesto en la parte correspondiente al Ministerio del Trabajo:
De: 1301 —1202 | Servicios Impersonales |  |
05 | Alquileres | C$9,600.00 |
A: 1301—1204 | Equipos |  |
11 | Vehículos | C$9,600.00 |
Arto. 2. —La presente Ley entrará en vigor desde la publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. — Managua, D. N., 14 de Mayo de 1964. — (f) J. J. Morales Marenco, D. P. — (f) Orlando Trejos S., D. S. — (f) César Acevedo, D. S.
Al Poder Ejecutivo, — Cámara del Senado. — Managua, D. N., 3 de Junio de 1964. — (f) José Frixione, S. P. — (f) Pablo Rener, S. S. — (f) Edmundo Amador, S. S.
Por Tanto: Ejecútese, — Casa Presidencial. — Managua, 3 de Junio de 1964. — (f) RENE SCHICK, Presidente de la República, — (f) Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.».
Observación: El Decreto Legislativo Nº. 943, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencia de Partidas del Presupuesto en la parte Correspondiente al Ministerio del Trabajo, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.