Normas Jurídicas de Nicaragua
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Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Categoría normativa: Decretos Ejecutivos
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LLAMADO A TODOS LOS CIUDADANOS DE LA REPÚBLICA, APTOS PARA EL SERVICIO DE LAS ARMAS, DEBERÁN PRESENTARSE Á LOS RESPECTIVOS COMANDANTES DE SU LOCALIDAD, QUIENES LES DESIGNARÁN SUS CORRESPONDIENTES PUESTOS EN EL EJÉRCITO

DECRETO EJECUTIVO, aprobado el 31 de enero de 1907

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 3130 del 02 de febrero de 1907

Decreto

El Presidente de la República,

Considerando:

Que gran número de ciudadanos y corporaciones han ofrecido expontaneamente al Ejecutivo su apoyo moral y material con motivo de la violación de nuestro territorio por fuerzas regulares del Gobierno de Honduras; y que, ha llegado el momento de aceptar tan generosos como oportunos ofrecimientos, y de excitar el patriotismo de los que por encontrarse ausentes aún no lo han hecho, para contribuir á la vindicación de la honra y dignidad de la República, en uso de sus facultades,

Decreta:

Único - Desde la publicación del presente decreto, todos los ciudadanos de la República, aptos para el servicio de las armas, deberán presentarse á los respectivos Comandantes de su localidad, quienes les designarán sus correspondientes puestos en el Ejército.

Dado en Managua, á treintiuno de enero de mil novecientos siete - J. S. Zelaya - El Ministro de la Guerra y Marina - C. Castellón.

NOTA: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
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