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Sin Vigencia
OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL RÍO MEDINA (ADIRM)
DECRETO A. N. N°. 1196, aprobado el 31 de enero de 1996
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 73 del 22 de abril de 1996
OTORGASE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA ASOCIACION DE DESARROLLO INTEGRAL RÍO MEDINA (ADIRM)
Decreto A.N. No. 1196
El Presidente de la República de Nicaragua
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
La Asamblea Nacional de la República de Nicaragua
En uso de sus facultades;
Ha Dictado
El siguiente:
Decreto
Arto. 1.- Otórgase personalidad Jurídica a la Asociación de Desarrollo Integral Río Medina (ADIRM), Asociación Civil sin Fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio en el Municipio de Diriomo, Departamento de Granada.
Arto. 2.- La representación legal de esta Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos.
Arto. 3.- La Asociación de Desarrollo Integral Río Medina (ADIRM), estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás leyes de la República.
Arto. 4.- El Presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los treinta y un días del mes de Enero de mil novecientos noventa y seis.- Cairo Manuel López.-Presidente de la Asamblea Nacional.- Jaime Bonilla. Secretario de la Asamblea Nacional.
Por Tanto: Publíquese y Ejecútese. Managua, siete de Marzo de mil novecientos noventa y seis.- Violeta Barrios de Chamorro.- Presidente de la República de Nicaragua.