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(RECONOCER Y APROBAR COMO RESERVA SILVESTRE PRIVADA LA PROPIEDAD DENOMINADA “SAN VALENTÍN”, UBICADA EN LA COMARCA LOS SÁNCHEZ, MUNICIPIO DE DIRIAMBA, DEPARTAMENTO DE CARAZO)

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 112-2020, aprobada el 07 de octubre de 2020

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 155 del 19 de agosto de 2021

GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

MINISTERIO DEL AMBIENTE Y LOS RECURSOS NATURALES

RESOLUCIÓN MINISTERIAL N°. 112-2020

La Ministra del Ambiente y de los Recursos Naturales en uso de. Las facultades que le otorga la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, con reformas incorporadas.

CONSIDERANDO

I

Que es deber del Estado y particularmente del Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales (MARENA), apoyar e integrar a los ciudadanos y pobladores en la Gestión Ambiental, a fin de proteger y conservar los Recursos Naturales existentes en el territorio nacional.

II

Que se ha cumplido con los criterios y procedimientos administrativos aprobados por el MARENA para el reconocimiento de Reserva Silvestre Privada, según consta en el expediente que para tales efectos se lleva y administra en la Dirección General de Patrimonio Natural y Biodiversidad del MARENA.

III

Que habiendo obtenido dictamen favorable al reconocimiento y aprobación de la propiedad rural denominada "San Valentín", como Reserva Silvestre Privada, dictamen elaborado mediante inspección de campo, realizada por el personal técnico en el sitio propuesto de conformidad a lo establecido en el capítulo veinte (XX), artículos noventa y ocho y noventa y nueve (98 y 99) del Decreto No. 20-2017 (Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales).

IV

Que habiéndose Revisado documentación técnica y jurídica se ha constatado que la propiedad conocida como "San Valentín", cumple con los criterios técnicos para su calificación como Reserva Silvestre Privada de acuerdo al Decreto No. 20-2017 (Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales).

V

Que el manejo de los Recursos Naturales en la propiedad denominada "San Valentín", la cual se reconocerá como Reserva Silvestre Privada, serán administrados bajo los criterios, procedimientos y Plan de Manejo debidamente aprobados por MARENA, sujetos al constante monitoreo de acuerdo a las competencias asignadas en la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, con reformas incorporadas.

VI

Que la Propiedad denominada "San Valentín" posee una variedad de flora y fauna, así mismo un pequeño humedal el cual es utilizado por las especies faunísticas, entre ella aves residentes y migratorias, elementos suficientes para ser declara como Reserva Silvestre Privada.

POR TANTO

En uso de las facultades que le confiere la Constitución Política de Nicaragua, el artículo 28 de la Ley No. 290, Ley de Organización, Competencia y Procedimientos del Poder Ejecutivo, con reformas incorporadas, Ley No. 217, Ley General del Medio Ambiente y los Recursos Naturales, con reformas incorporadas, Decreto No. 01-2007, Reglamento Áreas Protegidas de Nicaragua y el Decreto No. 20-2017, Sistema de Evaluación Ambiental de Permisos y Autorizaciones para el Uso Sostenible de los Recursos Naturales.

RESUELVE

PRIMERO: Reconocer y Aprobar como Reserva Silvestre Privada la Propiedad denominada "San Valentín"; en la cual se reconocerá un área de once punto ocho (11.8) hectáreas, destinadas a la conservación y preservación de los Recursos Naturales, propiedad perteneciente al Señor Ennio Antonio Arguello Silva, identificado con cédula de identidad ciudadana nicaragüense número: 042-250157- 0002J; debidamente inscrita bajo los siguientes datos registrales: 1) Asiento: 1º, Folio: 255, Tomo: 515, Libro de Propiedades, Finca Nº 34,875; Sección de Derechos Reales. 2) Asiento: Il, Tomo: 235, Libro de Propiedades, Finca: Nº 19,427; Sección de Derechos Reales. 3) Asiento: II, Tomo: 419, Folio: 76, Libro de Propiedades, Finca Nº 33 687 Sección de Derechos Reales; todas las inscripciones del Registro Público del departamento de Carazo.

SEGUNDO: La Reserva Silvestre Privada "San Valentín" se encuentra ubicada en la comarca Los Sánchez, municipio de Diriamba, departamento de Carazo, en las siguientes coordenadas:

ID
X
Y
ID
X
Y
1
580018.3565
1313205.242
21
579629.5599
1312816.914
2
579976.2863
1313193.506
22
579593.1305
1312791.375
3
579937.4685
1313121.318
23
579564.6331
1312837.031
4
579950.7605
13 13077.109
24
579597.1003
1312864.235
5
579975.6147
1313041.662
25
579668.8712
1312909.313
6
579981.4597
1313004.300
26
579681.7689
1312925.183
7
580008.1180
1312996.090
27
579687.4415
1312949.322
8
579971.1537
1312934.698
28
579699.5574
1312988.887
9
579966.0341
1312932.528
29
579713.1408
1313045.686
10
579941.5994
1312912.186
30
579739.1606
1313100.238
11
579918.9201
1312911.068
31
579738.5426
1313141.143
12
579848.1885
1312869.275
32
579733.8137
1313161.296
13
579829.0435
1312892.230
33
579740.2354
1313203. 787
14
579824.4961
1312900.342
34
579828.4528
1313250.531
15
579816.1914
1312910.898
35
579818.4757
1313290.761
16
579787.7542
1312892.665
36
579839.8616
1313326.154
17
579749.1530
1312857.734
37
579842.535
1313359.543
18
579704.3870
1312853.106
38
579903.1326
1313396.114
19
579658.3686
1312832.046
39
579935.688
1313405.475
20
579639.3478
1312811.895
TERCERO: El reconocimiento de la Reserva Silvestre Privada "San Valentín", estará sujeto a los términos y condiciones establecidos en el Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada, así como en el Plan de Manejo y Planes Operativos Anuales que se aprueben por el MARENA, para su monitoreo y seguimiento.

CUARTO: Procédase a la firma y suscripción del Convenio de Administración de la Reserva Silvestre Privada, "San Valentín'', la que será administrada por el señor Ennio Antonio Arguello Silva, en calidad de propietario.

QUINTO: La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de octubre del año dos mil veinte. (f) Cra. Fanny Sumaya Castillo Lara. Ministra Ministerio del Ambiente y los Recursos Naturales (MARENA).
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