AUTORÍZASE AL PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE INGRESOS
DECRETO LEGISLATIVO N°. 486, aprobado el 09 de marzo de 1960
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 100 del 07 de mayo de 1960
Transferencia de Partida
El Presidente de la República,
a sus habitantes
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO N°. 486
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, la siguiente transferencia de Partidas de la Dirección General de Ingresos:
Arto. 2.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N. 3 de Marzo de 1960.- (f) J. J. Morales Marenco, D. P., (f) J. Castillo A., D. S., (f) A. Martínez, D. S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D. N., 9 de marzo de 1960.- (f) Fernando Delgadillo Colé, S. P., (f) Alfredo Brantome, S. P. (f) Carlos Rivers Delgadillo, S. S.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., 16 de Marzo de 1960, LUIS A. SOMOZA D. Presidente de la República.- Karl J. C. H. Hueck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado
El Decreto Legislativo Nº. 486, Autorízase al Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencia de Partidas de la Dirección General de Ingresos, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.