Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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OTÓRGASE PERSONALIDAD JURÍDICA

DECRETO A.N. N°. 058, aprobado el 26 de septiembre de 1989

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 206 del 31 de octubre de 1989

Otórgase Personalidad Jurídica

Decreto A.N. N°. 058

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

Hace saber al pueblo nicaragüense que:

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades,

Ha Dictado

El siguiente:

Decreto:

Arto. 1.- Otórgase Personalidad Jurídica a la Asociación Centro para la Participación Democrática y el Desarrollo, Asociación Civil, sin fines de lucro, de duración indefinida y del domicilio de Managua.

Arto. 2.- La representación legal de la Asociación será ejercida en la forma que determinen sus Estatutos que deberán ser aprobados por el Ministerio del Interior.

Arto. 3.- Esta Asociación estará obligada al cumplimiento de la Ley para la Concesión de la Personalidad Jurídica, y demás leyes de la República.

Arto. 4.- El presente Decreto entrará en vigencia desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los veintiséis días del mes de Septiembre de mil novecientos ochenta y nueve. - Año del Décimo Aniversario”. - Carlos Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. - Rafael Solís Cerda, Secretario de la Asamblea Nacional.

Por Tanto: Publíquese y Ejecútese.- Managua, veintinueve de Septiembre de mil novecientos ochenta y nueve. - “Año del Décimo Aniversario”.- Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República.
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