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Sin Vigencia
CONCEDER AMPLIA É INCONDICIONAL AMNISTÍA Á TODOS LOS NICARAGÜENSES PERSEGUIDOS POR MOTIVOS POLÍTICOS Y POR DELITOS COMUNES CONEXOS
DECRETO LEGISLATIVO, aprobado el 24 de diciembre de 1909
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 1 del 06 de enero de 1910
La Asamblea Nacional Legislativa,
Decreta:
Único: Conceder amplia é incondicional amnistía á todos los nicaragüenses perseguidos por motivos políticos y por los delitos comunes conexos.
Dado en el Salón de Sesiones – Managua, 24 de diciembre de 1909. – Félix P. Zelaya R, D. P. - Federico Sacasa, D. S. - J. R. Sevilla, D. S.
Publíquese – Palacio Nacional – Managua, 24 de diciembre de 1909. – José Madriz – El Ministro de Gobernación, por la ley, J. T. Olivares.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.