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Categoría normativa: Decretos Legislativos
Materia: Gobernabilidad


DECRETO DE 28 DE FEBRERO: SE APRUEBAN LOS ACTOS DEL PODER EJECUTIVO EN EL RAMO DE INSTRUCCIÓN PUBLICA

DECRETO LEGISLATIVO N°. 50, aprobado el 27 de febrero de 1919

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 49 del 03 de marzo de 1919

El Presidente de la República,

a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:

Decreto No 50

El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua,

Decretan:

Artículo único. - Apruébanse los actos del Poder Ejecutivo en el ramo de Instrucción Pública, durante el año de 1918, de que ha dado cuenta el respectivo Secretario de Estado.

Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara Cámara de Senado - Managua, 26 de febrero de 1919- Sebastián Uriza, S. P- M. J. Morales S. S.- Juan J. Ruiz, S.S.

Al Poder Ejecutivo - Cámara de Diputados - Managua, 27 de febrero de 1919- Gustavo Paguaga, D.P- A. Ocón, D. S.- Fernando Ig. Martínez, D. S.

Por tanto, ejecútese- Palacio del Ejecutivo- Managua, 28 de febrero de 1919-- Emiliano Chamorro- El Ministro de Instrucción Pública- David Arellano.



Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.

El Decreto Legislativo Nº. 50, Decreto de 28 de Febrero: Se Aprueban los Actos del Poder Ejecutivo en los Ramos de Instrucción Pública, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia de Gobernabilidad.
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