Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Decretos Legislativos
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DECRETO DE OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA "FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL NICARAGUENSE, "FUNDESINIC"

DECRETO A.N. N°. 7251, aprobado el 14 de agosto de 2013

Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 158 del 22 de agosto de 2013

LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA

En uso de sus facultades;

HA DICTADO

El siguiente:

DECRETO A.N. N°. 7251

DECRETO DE OTORGAMIENTO DE PERSONALIDAD JURÍDICA A LA “FUNDACIÓN PARA EL DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL NICARAGUENSE, “FUNDESINIC”

Artículo. 1 Otórguese Personalidad Jurídica a la “FUNDACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL NICARAGUENSE, la cual podrá denominarse abreviadamente como “FUNDESINIC”; sin fines de lucro, de de duración indefinida y con domicilio en la Ciudad de Chinandega, Departamento de Chinandega.

Artículo. 2 La representación legal de esta Fundación será ejercida en la forma que determine su Escritura de Constitución y sus Estatutos.

Artículo. 3 La “FUNDACION PARA EL DESARROLLO SOCIAL INTEGRAL NICARAGUENSE, la cual podrá denominarse abreviadamente como “FUNDESINIC”; estará obligada al cumplimiento de la Ley General sobre Personas Jurídicas sin Fines de Lucro y demás Leyes de la República.

Artículo. 4 El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Por tanto, publíquese.

Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional de la República de Nicaragua, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil trece. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria por la Ley Asamblea Nacional.
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