Normas Jurídicas de Nicaragua
Materia: S/Definir
Categoría normativa: Resoluciones
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EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN CD-CONAMI-008-01MAY26-2020, NORMA DE REFORMA A LA NORMA SOBRE GESTIÓN DE RIESGO CREDITICIO PARA INSTITUCIONES DE MICROFINANZAS

RESOLUCIÓN CD-CONAMI-018-04DIC22-2022
Del 22 de diciembre de 2022

Publicada en La Gaceta, Diario Oficial N°. 13 del 25 de enero de 2013

El suscrito, Álvaro José Contreras, en calidad de Secretario del Consejo Directivo de la Comisión Nacional de Microfinanzas (CONAMI), CERTIFICO la Resolución CD-CONAMI-018-04DIC22-2022 aprobada en sesión ordinaria No. 13-2022 de fecha veintidós de diciembre del año dos mil veintidós.

CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS. MANAGUA, VEINTIDÓS DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTIDÓS. LAS ONCE CON TREINTA MINUTOS DE LA MAÑANA.

EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN CD-CONAMI-008-01MAY26-2020, NORMA DE REFORMA A LA NORMA SOBRE GESTIÓN DE RIESGO CREDITICIO PARA INSTITUCIONES DE MICROFINANZAS.

RESOLUCIÓN CD-CONAMI-018-04DIC22-2022
Del 22 de diciembre de 2022

El CONSEJO DIRECTIVO DE LA COMISIÓN NACIONAL DE MICROFINANZAS

CONSIDERANDO:

I

Que la Comisión Nacional de Microfinanzas es la entidad encargada de regular y supervisar a las Instituciones de Microfinanzas (IMF), por lo que tiene como atribución, velar por la correcta aplicación y cumplimiento de la Ley No. 769, “Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas”, por parte de las Instituciones de Microfinanzas (IMF).

II

Que el artículo 12 numeral 4, de la Ley No. 769, “Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas”, dispone que es atribución del Consejo Directivo de la CONAMI, aprobar las normas prudenciales, contables, de registro, provisiones, de operaciones, de administración del riesgo y cualquier otra aplicable a las IMF.

III

Que mediante Resolución CD-CONAMI-008-01MAY26-2020, de fecha 26 de mayo del 2020, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 107, del 12 de junio del 2020, se reformó la Norma sobre Gestión de Riesgo Crediticio para Instituciones de Microfinanzas, cuya vigencia expiraba el 30 de junio del 2021, sin embargo, su plazo de vigencia fue extendido hasta el día 30 de junio del 2022, mediante Resolución CD-CONAMI-014-01JUN29-2021, de fecha 29 de junio del 2021; posteriormente se realizó otra extensión de plazo de vigencia hasta el día 31 de diciembre del 2022, por medio de Resolución CD-CONAMI-007-01JUN30-2022, de fecha 30 de junio del 2022. Conforme lo anterior y previo análisis de los resultados de la aplicación de la Norma de Reforma, el Consejo Directivo ha considerado extender nuevamente el plazo de vigencia de la Resolución CD-CONAMI-008-01MAY26-2020 por un periodo adicional.

POR TANTO

Conforme con lo considerado y con base en la facultad que le otorga el artículo 6, numerales 6, 7 y 17; y artículo 12, numeral 4, de la Ley No. 769 “Ley de Fomento y Regulación de las Microfinanzas”, el Consejo Directivo en uso de sus facultades,

RESUELVE:
Dictar la siguiente:

EXTENSIÓN DE PLAZO DE VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN CD-CONAMI-008-01MAY26-2020, NORMA DE REFORMA A LA NORMA SOBRE GESTIÓN DE RIESGO CREDITICIO PARA INSTITUCIONES DE MICROFINANZAS.

RESOLUCIÓN CD-CONAMI-018-04DIC22-2022
Del 22 de diciembre de 2022

PRIMERO.- Extensión de Plazo
Se extiende el plazo de vigencia de la Resolución CD-CONAMI-008-01MAY26-2020, “Norma de Reforma a la Norma sobre Gestión de Riesgo Crediticio para Instituciones de Microfinanzas”, de fecha 26 de mayo del 2020, publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 107, del 12 de junio del 2020, hasta el treinta y uno de mayo del año 2023.

SEGUNDO.- Vigencia
La presente Resolución entrará en vigencia a partir de su notificación, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial.

TERCERO.- Notificación y Publicación
Notifíquese y Publíquese la presente Norma en La Gaceta, Diario Oficial, (f) Jim Madriz López, Presidente (f) Freddy José Cruz Cortez, Miembro Propietario, (f) Alejandra Leonor Corea Bradford, Miembro Propietario, (f) Flavio Chiong Aráuz, Miembro Suplente, (f) Denis Reyna Estrada, Miembro Suplente, (f) Álvaro José Contreras, Secretario.

(F) Álvaro José Contreras, Secretario - Consejo Directivo.
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