AUTORÍZASE A PODER EJECUTIVO PARA EFECTUAR EN EL PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS VIGENTE, TRANSFERENCIA DE PARTIDAS DEL MINISTERIO DE FOMENTO Y OBRAS PÚBLICAS, COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA
DECRETO LEGISLATIVO N°. 542, aprobado el 09 de noviembre de 1960
Publicado en La Gaceta, Diario Oficial N°. 09 del 11 de enero de 1961
Transferencia de Partida en Fomento, Comisión de Energía
El Presidente de la República,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto N° 542
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1o.- Autorízase a Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente, la siguiente transferencia de partidas del Ministerio de Fomento y Obras Públicas (Comisión Nacional de Energía):
Arto. 2o.- La presente ley entrará en vigor desde la fecha de su publicación en «La Gaceta», Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 27 de Octubre de 1960.- (f) J. J. Morales Marenco, D. P., (f) M. Navarro P., D. S., (f) Carlos J. Carrión, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D.N., 9 de Noviembre de 1960.- (f) Leonardo Somarriba, S. P. (f) Pablo Rener S. S. (f) Carlos Rivers Delgadillo, S. S.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 17 de Noviembre de 1960, (f) LUIS A. SOMOZA D, Presidente de la República, (f) Karl J. C. H. Hueck, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.
El Decreto Legislativo Nº. 542, Autorízase a Poder Ejecutivo para Efectuar en el Presupuesto de Ingresos y Egresos Vigente, Transferencia de Partidas del Ministerio de Fomento y Obras Públicas, Comisión Nacional de Energía, se encuentra incorporado en el Anexo III, Registro de Normas sin Vigencia o Derecho Histórico de la Ley del Digesto Jurídico Nicaragüense de la Materia Sistema de Administración Financiera.