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Sin Vigencia
DECRETO DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE DE 11 DE FEBRERO DE 1858, CONCEDIENDO UNA AMNISTÍA JENERAL EN FAVOR DE AQUELLOS NICARAGÜENSES A QUIENES PUDIERA RESULTAR RESPONSABILIDAD CRIMINAL DESDE MAYO DE 1854 HASTA NOVIEMBRE DE 1857
DECRETO-LEY, aprobado el 31 de agosto de 1857
Publicado en el Código de Legislación del 01 de enero de 1864
Decreto de la Asamblea Constituyente de 11 de febrero de 1958, concediendo una amnistía jeneral en favor de aquellos nicaragüenses quienes pudiera resultar responsabilidad criminal desde mayo de 1854 hasta noviembre de 1857
Art. 1° Se concede una amnistía a favor de todos los nicaragüenses, de la responsabilidad criminal que pudiera resultarles de todas las hostilidades i actos oficiales, desde mayo de 854 hasta el 8 de noviembre último, a escepción de la defraudación de caudales públicos, o de particulares con prestesto público.
Art. 2° No gozarán de esta amnistía jeneral los comprendidos en la causa de Walker, a excepción de los nicaragüenses que la hubieran abandonado antes de la capitulacion celebrada en Rivas el 1.° de mayo último, y de los que fueron comprendidos en dicha capitulación.
Observación: Se respeta el contenido original del texto, conservando la ortografía, gramática y redacción de la época en que fue elaborado.